VENTANILLA DE ACCESO A LA INFORMACION (VAI)
Ventanilla Digital de Acceso a la Información Pública
Conforme al Decreto 57-2008, Ley de Acceso a la Información Pública.
Elige la institución que deseas consultar
Selecciona una institución y comienza con el sujeto obligado ya identificado.
¿Qué deseas hacer?
La Gobernación acompaña el traslado de principio a fin
Las instituciones pueden continuar trabajando por correo, teléfono o entrega física. La Ventanilla aporta la tecnología y la trazabilidad.
- 01DescribeIndica la información que necesitas.
- 02IdentificamosSeleccionamos contigo al sujeto obligado.
- 03TrasladamosDocumentamos el envío por el canal institucional.
- 04AcompañamosConsulta el seguimiento mediante un enlace privado.
Selecciona el sujeto obligado
Busca por nombre, siglas o categoría. También puedes explorar el catálogo completo.
Datos de la persona solicitante
La LAIP permite solicitar información sin explicar para qué será utilizada.
El correo, teléfono y municipio son opcionales. Siempre recibirás en pantalla una referencia y un enlace privado de seguimiento.
Solo se usa en estadística agregada, nunca junto a tu nombre. Alimenta el informe del numeral 28 y el informe anual del artículo 48, que miden si la información pública llega a todas las comunidades del departamento. Puedes dejarlo sin indicar.
Describe la información que necesitas
Escribe con claridad el documento, dato, período o asunto que deseas consultar.
Viene marcada la entrega electrónica, que es siempre gratuita conforme al artículo 18. Puedes cambiarla si prefieres otro medio.
Puedes indicar períodos, áreas, unidades o documentos si los conoces.
Revisa antes de registrar
Confirma que la institución y la descripción correspondan a lo que necesitas.
Los datos proporcionados serán utilizados únicamente para facilitar el traslado al canal oficial del sujeto obligado, realizar contacto complementario cuando sea necesario y generar constancia del uso de esta ventanilla digital.
La VAI Chiquimula opera como mecanismo de facilitación digital, enlace y traslado. La admisión, trámite y respuesta corresponden exclusivamente al sujeto obligado.
Qué haremos con tus datos
Lo siguiente es optativo. Marcarlo o no marcarlo no afecta el trámite de tu gestión, y puedes cambiar de parecer después desde tu enlace de seguimiento.
Leer el aviso de privacidad completo
Versión . Al registrar la gestión queda constancia en la bitácora de la versión exacta que tuviste a la vista.
Qué ocurre después, y con qué fundamento
Tu gestión ya tiene seguimiento
La gestión quedó registrada en la Ventanilla Digital. Conserve la referencia y el enlace privado de seguimiento.
El enlace privado de abajo es la única forma de volver a tu gestión. Guárdalo o descarga la constancia antes de cerrar esta página.
¿Cómo funciona la Ventanilla?
Un punto digital para registrar, trasladar y acompañar tu solicitud de información pública.
Ver el archivo público de gestiones — preguntas que otras personas ya hicieron y decidieron compartir. Si la tuya está ahí, te ahorras la solicitud.
Sobre el plazo. El artículo 42 concede diez días al sujeto obligado para resolver, pero ese conteo empieza cuando esa institución admite la solicitud, no cuando la Ventanilla la traslada. El artículo 43 permite ampliarlo hasta diez días más por volumen o extensión. La Gobernación documenta el traslado y le da seguimiento; la admisión y la resolución le corresponden al sujeto obligado.
La Ventanilla registra tu gestión, la traslada al canal oficial y documenta el seguimiento.
La admisión, el trámite y la resolución corresponden exclusivamente al sujeto obligado.
- 01RegistramosRecibimos la gestión y generamos una referencia segura.
- 02TrasladamosLa remitimos al canal oficial de la institución competente.
- 03ConfirmamosDocumentamos recepción, llamadas y respuestas informadas.
- 04AcompañamosTe mostramos cada actuación en el seguimiento privado.
Sujetos obligados adheridos
Selecciona la institución a la que deseas dirigir tu solicitud.
Consulta el enlace de tu constancia
Cada gestión utiliza un enlace privado. La referencia pública, por sí sola, no permite consultar datos ni actuaciones.
Busca “Abrir seguimiento privado” en la constancia final o en el correo recibido.
¿Cerrar esta solicitud?
Los datos escritos todavía no han sido registrados y se perderán al salir.

