Acceso a datos personales
Acceso y modificación de sus datos personales
Este trámite es distinto de una solicitud de información pública. Solo el titular de los datos o su representante legal pueden pedirlo, previa acreditación, conforme a los artículos 33 y 34 de la Ley de Acceso a la Información Pública.
| Acceso a sus datos personales | 10 días hábiles | Artículo 33 |
|---|---|---|
| Modificación de sus datos personales | 30 días hábiles | Artículo 34 |
La acreditación es presencial. No puede resolverse únicamente en línea. Preséntese en la Unidad de Información Pública con su documento personal de identificación; si actúa como representante legal, con el documento que acredite esa calidad.
Si lo que desea es información pública de la Gobernación, use el formulario de solicitud ordinario: ese trámite no exige identificación ni acreditación alguna.
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